Sistema aéreo

Listado de fichas técnicas con los aeropuertos auditados:

1. Introducción, titularidad, gestión y explotación

El transporte aéreo es el sistema donde más se ha regulado y protocolarizado el tratamiento de las necesidades de las personas con movilidad reducida.

Esta estandarización de los servicio aéreos ha sido posible gracias a la entrada en vigor, desde el 26 de julio de 2008, del Reglamento (CE) 1.107/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los derechos de las personas con discapacidad o movilidad reducida en el transporte aéreo.

Las disposiciones del reglamento son aplicables a las personas con movilidad reducida que utilicen o pretendan utilizar vuelos comerciales de pasajeros que salgan de los aeropuertos situados en el territorio de la Unión Europea, lleguen a éstos o transiten por ellos.

Los aeropuertos de la CAPV forman parte de la red estatal de aeropuertos de interés general, cuya titularidad recae en la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Fomento, y su gestión en los organismos públicos dependientes del citado ministerio: Dirección General de Aviación Civil y Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA).

La explotación del transporte aéreo recae en las compañías aéreas y en aquellas entidades encargadas de la prestación de otra serie de servicios aeroportuarios.

Por tanto, el Reglamento 1.107/2006 es de obligado cumplimiento para los aeropuertos, las compañías aéreas y todos aquellos agentes relacionados con ambos en los diferentes aeropuertos de la CAPV.

El propio reglamento, en sus artículos 3 y 4, establece que las compañías aéreas, sus agentes, o los operadores turísticos no podrán negarse a aceptar una reserva para un vuelo ni denegar el embarque alegando la discapacidad de una persona.

El informe diagnóstico de la accesibilidad del sistema aéreo de la CAPV se concreta en el análisis de las condiciones de accesibilidad durante todas las fases del ciclo del vuelo, atendiendo a las dos unidades funcionales donde la persona con movilidad reducida se relaciona, los aeropuertos y aviones.

En el marco operativo definido por el citado reglamento europeo, resulta preciso hacer constar la importancia de continuar garantizando a la persona con movilidad reducida el acceso y uso ergonómico de los servicios prestados y elementos presentes en las instalaciones aeroportuarias y en los aviones con la suficiente autonomía, seguridad y dignidad personal.

En el apartado de anexos del presente informe se compilan las matrices de carencias y los diagramas de accesibilidad, que representan cuantitativa y cualitativamente el grado de accesibilidad de la cadena de desplazamiento en los aeropuertos de la CAPV.