Página 40 - APLICACIÓN DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS USUARIAS Y CONSUMIDORAS EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO

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arco
juridico
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organismos públicos y privados. También identifica qué acciones por parte de las empresas pueden ser consi-
deradas infracción, y las sanciones correspondientes
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.
La normativa actual tiene una clara
orientación localista
, buscando dar prioridad a la actuación municipal,
en coordinación con otros niveles administrativos, para evitar duplicidades. Para ello, propone algunas fór-
mulas de participación y colaboración con todos los agentes sociales implicados en la defensa de las personas
consumidoras y usuarias, así como también crea la red de centros de información y atención de personas
consumidoras y usuarias, y la Comisión Coordinadora de Consumo (dependiente del Gobierno Vasco).
4.1.1. Derechos de las personas consumidoras y usuarias en el País Vasco
Se identifican seis tipos de derechos, que son desarrollados en función de su contenido:
a)
Derechos relacionados con la salud y la seguridad
Hace referencia a la protección y al uso seguro de productos y/o servicios, salvo los usual o reglamenta-
riamente admitidos en condiciones normales y previsibles de utilización. En este caso, deben ser puestos
en conocimiento previo
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del público destinatario. El deber de salud y seguridad recae en los sujetos
responsables del producto o servicio.
Son
sujetos responsables
quienes produzcan, importen, distribuyan o manipulen productos, bienes o
servicios, así como quienes los comercialicen en primer lugar
. Dichos sujetos deben participar activamente
en el control de seguridad de los artículos y servicios que comercialicen y presten.
b)
Derecho a la protección de los intereses económicos y sociales
Las Administraciones Públicas de Euskadi deben desarrollar y promover acciones que aseguren el respeto
de los legítimos intereses económicos y sociales de las personas consumidoras y usuarias. Concretamente,
se establece una serie de acciones a garantizar:
– La entrega de factura, de presupuesto previo (con su plazo de validez), y del resguardo de depósito.
– Entrega de documento de garantía y de los manuales de instrucciones.
– Asegurar la disposición de hojas de reclamaciones en los establecimientos, y su entrega en
caso de que sea demandada por alguna persona.
– Vigilar la exposición pública y visible de precios y tarifas.
– Asegurarse de que no exista un corte de suministros sin constancia de que la persona consumidora
está enterada. Entre los sectores especialmente mencionados, se encuentra el
servicio telefónico
.
– La prohibición de publicidad ilícita.
– Eliminar cláusulas abusivas en los contratos.
– Asegurar la comercialización de productos que garanticen la disposición de repuestos y servicio técnico.
– La eliminación de métodos coactivos, engañosos, o agresivos de venta o captación de clientes.
– La prohibición de acciones que provoquen inexactitud en el precio, peso o medida.
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En la bibliografía se puede consultar la totalidad de las leyes revisadas.
27
Define
producto seguro
como
“aquel que en condiciones de utilización normales o razonablemente previsibles, (…) no presente riesgo alguno
o únicamente riesgos mínimos, compatibles con el producto y considerados admisibles de cara a la protección de la salud”
.